La mayoría de las personas no prepara una negociación de indemnización hasta que se ve de golpe frente a un despido. Llega el burofax, se convoca una asamblea apresurada y, entre nervios, se firma algo que condiciona años de trabajo. Llevo más de quince años asesorando a trabajadores y a pequeñas empresas en Sevilla, y he visto pactos excelentes, otros con franqueza mejorables y algunos que, por precipitación, cerraron la puerta a derechos valiosos. Negociar bien no es cuestión de suerte. Es procedimiento, información y saber interpretar tiempos, actores y documentos.
Antes de charlar de números, asegure el terreno
Una negociación sólida empieza ya antes de sentarse con la empresa. No tiene glamour, mas marca la diferencia. Lo primero es identificar el género de despido, pues de eso depende el cálculo y el margen para la mejora. En la práctica sevillana, me encuentro con tres escenarios recurrentes.
El despido disciplinario se presenta sin indemnización, con alegaciones de incumplimientos graves. Muchas veces se apoya en hechos interpretables o en sanciones previas mal gestionadas. Ahí la palanca es procesal: si vemos debilidades, el coste de ir a juicio para la empresa sube, y se abre espacio para transformar ese disciplinario en objetivo o acordar una salida indemnizada. El despido objetivo, por causas económicas, técnicas u organizativas, arranca con veinte días por año y encuentre de doce mensualidades, más aviso previo de quince días o su sueldo equivalente. Acostumbra a venir con memoria justificativa breve. Si esa memoria cojea, la compañía lo sabe y de forma frecuente está presta a mejorar la indemnización a cambio de paz. Luego está el pacto de extinción pactada, en ocasiones disfrazado de baja voluntaria con finiquito espléndido. Mucho cuidado con esto, por el hecho de que la baja voluntaria puede dejarle sin paro. Si la compañía desea una salida amigable, que conste como despido o como mutuo acuerdo en un acta de conciliación administrativa o judicial.
El segundo punto es documentar. No me refiero a un archivador perfecto, sino más bien a lo imprescindible: contrato y anexos, nóminas de los últimos doce meses, calendario de vacaciones, variables y bonus pactados, correos o whatsapps relevantes si hay un enfrentamiento latente, y, si procede, justificantes de reducción de jornada, lactancia o excedencias. Con esto calculamos bien el salario regulador, que no es siempre el bárbaro de nómina. A veces el plus de transporte o la media de variables empujan la cifra de forma definitiva.
El tercer pilar es el calendario. En Sevilla, la papeleta de conciliación ante el CMAC interrumpe el plazo de veinte días hábiles para demandar. Ese respiro es oro. Si un cliente del servicio me viene con un despido discutible, preferimos presentar papeleta pronto, bloquear plazos y sentarnos a negociar con cabeza, no con el reloj echado encima.

El salario regulador, ese gran olvidado
La discusión más tensa que he tenido con directores de recursos humanos no ha sido por el tipo de despido, sino más bien por el salario regulador. Ese número determina la indemnización y acostumbra a aparecer infracalculado en cartas tipo. Se calcula con el salario anual real, prorrateando pagas extras y medias de variables, dividido entre 365 para el sueldo diario si hablamos de días por año. En empleados con incentivos, la media de los últimos doce meses es el enfoque más defensible. En comerciales de zona en Sevilla y provincia, con picos en primavera y otoño, 12 meses y no tres atrapa mejor la realidad. Si la empresa se aferra a una media corta, se abre otra palanca de negociación.
También hay que revisar el cómputo de antigüedad. Un contrato temporal encadenado, entonces indefinido, cuenta desde el primer día si no hubo interrupciones significativas. En hostelería y comercio me he encontrado “vacíos” de una o dos semanas entre contratos que la compañía invoca para partir la antigüedad. No siempre y en todo momento cuela. Si ese tramo se cubrió con llamamientos regulares o hay prueba de continuidad material, la antigüedad completa se puede defender y eso sube en cientos o miles y miles de euros.

Por último, conceptos como dietas o pluses de locomoción, que muchas empresas consideran extrasalariales, pueden integrar el salario regulador si encubren parte del salario o si son fijos y no responden a gasto real. Esto se discute caso a caso. En un taller de Alcalá de Guadaíra, un plus autodenominado “herramientas” de ciento ochenta euros mensuales sin justificación acabó formando parte del salario a efectos indemnizatorios. Fue una diferencia de quince días de salario en el total, que no es menor.
La primera reunión: objetivos y guion
Llegados al cara a cara, el fallo usual es abrir con exigencias desordenadas. Yo prefiero proponer un marco simple y realista, y reservar la artillería para cuando haga falta. En la primera asamblea, aclaro tres cosas: base de cálculo, calificación discutida y posibles peligros para cada parte.
Si la compañía expone un despido objetivo con indemnización sobre un salario regulador bajo, empiezo reencuadrando: “Conforme a las nóminas y variables de los últimos doce meses, el sueldo regulador asciende a X. Si tomamos 8 años de antigüedad, veinte días por año dan Y. Con esa cantidad, y viendo que la memoria económica no detalla proyecciones, la contingencia de improcedencia existe. Podemos cerrar hoy por una cuantía media y evitar litigio”. Curiosamente, lo más persuasivo pocas veces es invocar artículos. Charlar de peligros concretos y de previsibilidad hace más por el pacto que refererir jurisprudencia a borbotones.
Pongo un ejemplo real, con datos alterados para resguardar identidades. Una administrativa de 42 años, 10 años de antigüedad, 1.650 euros de salario base, dos pagas extras, variable medio de 150 euros, despedida por causas organizativas. Carta adecuada en apariencia, pero la memoria justificaba la reestructuración con cifras globales de grupo, no de la sede en Sevilla. Mi cálculo de sueldo regulador subió a mil novecientos cincuenta euros mensuales prorrateando. La compañía ofrecía doce.000, que equivalen a veinte días por año sobre un sueldo de 1.500. Tras educar números y el flanco de la memoria, admitieron 18.500 y pago fraccionado en dos meses. No fue un acuerdo perfecto, pero evitó 8 meses de pleito y la inseguridad de la prueba.
Tiempos, silencios y el uso del CMAC
En Sevilla, el acto de conciliación frente al CMAC no es un mero trámite. La mesa, el funcionario conciliador y los veinte minutos de conversación generan un entorno favorezco a fin de que cada parte mida su amplitud de maniobra. Si en la primera asamblea privada la compañía se encasquilla, fijar el CMAC a una data próxima desbloquea. Hay directores que precisan la presión ligera del expediente administrativo para mover ficha, pues saben que si no hay avenencia, el próximo paso es demanda.
También hay estrategia en el silencio. He visto mejoras de oferta cuando https://ameblo.jp/despachoabogados369/entry-12956063916.html el trabajador, tras escuchar una cifra baja, solicita tiempo para preguntar y se toma un par de días. No es teatralidad, es respeto por la resolución. La compañía que quiere cerrar veloz puede volver con un ajuste en alza. Si aprietan con “oferta que caduca hoy”, lo anoto como mala señal. La precipitación es terreno fértil para errores. Un buen despacho letrado laboral lo sabe, y lo desactiva con calma y hechos.
Finiquito no es lo mismo que indemnización
Confundir finiquito con indemnización crea desazones. El finiquito liquida salarios pendientes, vacaciones no gozadas y parte proporcional de pagas extras. La indemnización compensa la extinción y se calcula conforme la calificación del despido. Me llegan consultas de personas que firmaron “recibí” creyendo haber cobrado todo, cuando solo habían percibido el finiquito. Por eso, en la documentación del pacto debe figurar nítidamente cada término, con cifras separadas y bases de cálculo. Si la empresa mezcla todo en un número global, pida el desglose por escrito. Y si hay bonus anual devengado parcialmente, que conste en el finiquito. En ciertas empresas sevillanas de tecnología, el variable se liquida en el tercer mes del año. Si le despiden en diciembre, su prorrata es exigible salvo cláusula válida que diga lo opuesto.
Qué ofrecer a cambio: renuncias, plazos y forma de pago
No todo es “pago más por abonar menos”. A veces la empresa valora calma frente a terceros, o una salida ordenada. He pactado mejoras de indemnización a cambio de un plan de transición de quince días en el que el trabajador documenta procesos y entrega proyectos en curso. Asimismo se negocian plazos de pago y certificaciones para el SEPE. Si la empresa atraviesa tensiones de tesorería, un pago fraccionado con garantías puede desbloquear. He llegado a articular aval bancario simple sobre el segundo tramo.
En cuanto a renuncias, prudencia. Firmar un “saldo y finiquito” genérico puede cerrar el paso a reclamaciones futuras, aun de conceptos que todavía no se ven. Si el caso tiene aristas, delimite la renuncia: se desiste de acciones por la extinción, pero no de posibles diferencias salariales pasadas si resultan de una auditoría, por poner un ejemplo. Este matiz protege sin dinamitar el acuerdo. Un letrado laboral en Sevilla que conozca el tejido local acostumbra a advertir por dónde van los tiros y plantea redacciones quirúrgicas.
¿Cuándo merece la pena ir a juicio?
No todo se negocia. Hay supuestos donde la oferta es tan baja o la causa tan enclenque que aconsejo demandar. Si el despido encubre discriminación por embarazo, reducción de jornada por guarda legal o represalia sindical, el pleito no solo busca indemnización, también la nulidad y sueldos de tramitación. En casos de trabajadores con veinte años de antigüedad y sueldos medios, la diferencia entre veinte y 33 días por año, con encuentre más alto, es substancial. Además de esto, hay empresas que solo mueven ficha cuando ven aceptada la demanda.
Las probabilidades se evalúan con honestidad. No prometo victorias seguras. Analizo pruebas, coherencia documental y la sala que tocaría en Sevilla. Hay juzgados más rigurosos con la prueba de causas objetivas y otros más sensibles a la proporcionalidad de sanciones disciplinarias. Los datos ayudan, pero no determinan. Si el margen supera un 60 por ciento a favor y el cliente del servicio puede soportar los tiempos, aconsejo pelear. Si la diferencia de oferta con respecto a la expectativa de improcedencia es menor de un 15 por ciento, y el cliente precisa liquidez, cerrar en CMAC acostumbra a tener sentido.
La fiscalidad, ese detalle que cambia el neto
En conversaciones tensas me he encontrado con trabajadores que aceptan una cantidad redonda sin consultar el impacto fiscal. Las indemnizaciones por despido improcedente o objetivo están exentas hasta el límite legal, siempre que no medie acuerdo entre las partes para extinguir la relación. El inconveniente es la forma. Si se firma un mutuo pacto con indemnización, probablemente Hacienda lo considere renta sosten a IRPF. Para eludir sustos, encaje el acuerdo en un reconocimiento de improcedencia en acta de conciliación o en sede judicial. Eso demanda un mínimo de rigor formal, pero la diferencia de neto lo justifica.
Además, ojo con los salarios de tramitación o los pagos por no competencia. Estos sí tributan. Y si hay fraccionamiento, es conveniente planear en qué ejercicio cae cada tramo. He ajustado pagos para repartirlos entre un par de años y así no empujar al cliente a un tramo marginal más alto.

Errores que encarecen el conflicto
Hay patrones que, si los advierto tarde, complican todo. Firmar la carta de despido con la coletilla “no conforme” es un gesto pequeño que evita alegaciones de conformidad implícita. Dar el móvil de empresa sin preservar copia de comunicaciones clave, otro clásico. En un caso reciente, un comercial borró sus chats antes de devolver el terminal por vergüenza de conversaciones banales. Perdimos mensajes donde el gerente admitía sobrecarga de trabajo y órdenes contradictorias. No hacía falta imprimir nada: bastaba con mandarse a su correo personal, con data. Legal y simple.
Otra piedra es negociar solo. Entiendo que no siempre y en todo momento se puede acudir de inmediato a un letrado laboralista Sevilla, mas un acompañante que tome notas y haga preguntas pausadas cambia la dinámica. La asimetría entre un trabajador solo y dos personas de recursos humanos es evidente. En ocasiones, solo con solicitar que las propuestas se pongan por escrito y dar veinticuatro horas para responder, la presión baja y las cifras suben.
Particularidades sevillanas que conviene conocer
No es lo mismo negociar en una multinacional del PCT Cartuja que en una compañía familiar de Dos Hermanas. En la primera, la línea viene desde la capital española o desde fuera, y el margen local es limitado. En la segunda, decide quien firma y pesa la reputación en el entorno. He visto dueños prosperar ofertas para evitar que el conflicto se convierta en tema de charla en el barrio. Asimismo hay campos donde los convenios colectivos locales influyen en complementos por incapacidad o pluses que, bien integrados, elevan base reguladora. Construcción, hostelería y comercio en Sevilla capital y su área metropolitana comparten características particulares en pagas y jornadas que hay que dominar.
El CMAC en Sevilla suele refererir con rapidez relativa, entre 2 y cinco semanas, aunque en picos de verano puede alargarse. Programarse con esa ventana ayuda a fin de que el trabajador no se quede sin ingresos. Y si la compañía ofrece excedencia o recolocación en otra sociedad del grupo ubicada fuera de la provincia, valore desplazamientos y dietas. No es la primera vez que una recolocación a 80 kilómetros diarios termina resultando imposible y sirve más de presión que de solución.
Cómo seleccionar apoyo legal y qué demandarle a su abogado
En más de una ocasión me han preguntado si hace falta sí o sí un letrado para firmar un acuerdo. La ley no lo impone para el CMAC, pero la práctica lo aconseja. Un buen abogado laboral en Sevilla no solo calcula bien, también huele las debilidades y lee entre líneas. Si busca ayuda, pida claridad en honorarios y en escenarios. Huya de promesas altilocuentes. Las cifras francas, con rangos y condiciones, son mejor guía. Y demande bocetos conforme con redacción limpia, que distinga finiquito, indemnización, fechas de pago y certificados para el SEPE.
Si acude a un despacho abogado laboral con experiencia, pregunte por casos afines en su sector y por el criterio del profesional sobre ir o no a juicio. Un letrado laboralista Sevilla curtido no empuja a litigar por deporte, pero tampoco se pliega ante ofertas bajas por comodidad. El equilibrio es saber cuándo una última vuelta de tuerca en CMAC puede sumar dos.000 euros y cuándo lo único sensato es presentar demanda.
Un caso práctico: de 0 a catorce y trescientos euros en tres semanas
Comparto un caso que ilustra bien los resortes. Obrero de almacén en el Polígono La Negrilla, 7 años de antigüedad, salario anual con extras de 17.400 euros, variable cero. Recibe despido disciplinario por supuestas faltas de puntualidad y desobediencia. Sanciones previas: una amonestación simple por retraso de diez minutos y un día de suspensión por desamparar el puesto para ir al servicio sin informar. La carta del despido acumulaba hechos, mas sin gradación ni proporcionalidad. El cliente del servicio deseaba su improcedencia. La empresa ofrecía nada. Presentamos papeleta en CMAC a los 3 días. En la primera asamblea, remarqué que, con esa gradación, el disciplinario era flojo y que el juicio podía transformarlo en improcedente. Pusimos cifra: treinta y tres días por año sobre sueldo regulador de cuarenta y siete con sesenta y siete euros al día, encuentre de siete años. Eso son unos once euros. Aceptaron siete.000. Contraoferta de 12.000 más carta de recomendación. Silencio 3 días. Acto en CMAC: avenencia por 14.300, pago único a 15 días, reconocimiento de improcedencia y exención fiscal. Tiempo total: 3 semanas. El cliente salió con dinero y con un papel que le abrió otra puerta en una compañía vecina.
Guía rápida para no perderse en la mesa
- Compruebe tipo de despido, salario regulador y antigüedad real ya antes de hablar de cifras. Interrumpa plazos con papeleta en CMAC y use ese tiempo para negociar con calma. Exija desglose de finiquito e indemnización, por escrito y con fechas. Valore riesgos, tiempos y fiscalidad; si la mejora real en frente de juicio es sensata, cierre. No firme renuncias genéricas; delimite el alcance y proteja derechos futuros claros.
Lo que se juega no es solo dinero
Negociar una indemnización es tomar una resolución vital en un momento emocionalmente cargado. No se trata solo de rasguñar 1.000 euros aproximadamente. En ocasiones, un cierre limpio, con certificados en regla y una redacción cuidada que no manche reputación, vale más que una cantidad inflada que se cobra tarde y mal. Otras veces, por justicia y por futuro, toca plantar cara y sentar un precedente.
Si está en Sevilla y ha recibido una carta de despido, respire, recopile papeles y solicite una opinión fundada. Un abogado laboral Sevilla con oficio le va a decir, con números y probabilidades, por dónde va su caso. Tal vez su despido objetivo aguante, pero la memoria económica es débil y hay margen de mejora. Tal vez el disciplinario luce grave, pero la proporcionalidad y el historial real lo desarman. En todo caso, la clave es no jugar a ciegas. Con procedimiento, información y una negociación bien llevada, el resultado acostumbra a distanciarse del mínimo legal y acercarse a lo que usted de verdad merece. Y si la compañía solo entiende el idioma del juzgado, también hay caminos a fin de que la balanza se equilibre.
Para quienes dirigen pequeñas empresas, un apunte final: preparar despidos con tiempo, documentar causas y cuidar el trato humano evita litigios y costos. He acompañado a pequeñas y medianas empresas sevillanas que, con una carta bien fundamentada y una oferta realista, cerraron procesos sin sobrerreacciones ni daños colaterales. La seguridad jurídica no está reñida con la empatía. Y una negociación honesta, con cuentas claras, rara vez se pierde.
Ramos Abogado Laboralista Sevilla
P.º de las Delicias, 3, 1º D, Casco Antiguo, 41001 Sevilla
Teléfono: 620 71 09 97
Web: https://ramosabogado.com
Abogados laboralistas con amplia experiencia en Sevilla, especialistas en legislación laboral y prestaciones sociales.
Prestamos consultoría especializada tanto a empresas como a trabajadores. Nuestro objetivo es proporcionar soluciones efectivas y orientación profesional en cualquier problema relacionado con la normativa laboral.
Principales ámbitos de actuación:
Asesoramiento jurídico-laboral
Conciliaciones previas (CMAC y SERCLA)
Defensa en juicios laborales
Accidentes de trabajo
Despidos
Reclamación de prestaciones por incapacidad
¿Requieres ayuda legal para resolver un conflicto laboral?
Este grupo de abogados está preparado para ofrecerte soluciones para proteger tus derechos y solucionar tus conflictos laborales de manera transparente y efectiva.
Contáctanos sin compromiso si requieres defensa profesional en derecho laboral.